La regulación sobre marcas, diseños industriales y patentes se agruparán en una sola ley que se estima sea publicada el 2022.
Ha culminado el proceso de consulta pública del Anteproyecto de Ley de modificación de las leyes de marcas, diseño industrial y patentes, que se desarrolló del 4 al 18 de marzo pasado. En esta etapa, los practicantes del derecho relacionado a estas materias tuvieron la oportunidad de presentar alegaciones sobre cuestiones debatibles de la norma. Así como indicar aquellos puntos que actualmente son considerados obsoletos.
De esta manera, se facilitó la producción de una nueva norma más clara que reemplace las leyes 17/2001, 20/2003 y 24/2015. Y por tanto, que exista una mayor seguridad jurídica y mejor funcionamiento del sistema de la propiedad industrial para todos los involucrados. Esta nueva ley pretende también dotar la normativa de una mayor coherencia y precisión.
Algunos cambios en las marcas, diseños industriales y patentes
Específicamente, en cuanto a la Ley de Patentes se realizarán los cambios oportunos de acuerdo con la nueva interpretación jurídica de la Unión Europea y de la Oficina de Patentes Europea. Por ejemplo, en lo respectivo al registro de variedades vegetales y animales. Asimismo, se procederá a la corrección de algunos términos confusos en el texto de la ley y modificaciones de plazos, entre otros.
Sobre marcas, los principales cambios son la eliminación de la necesidad de publicar la dirección postal del solicitante de signos distintivos y solo se publicará el correo electrónico. Este cambio se produce para evitar los envíos postales masivos fraudulentos y solicitando pagos irregulares que se han convertido en un problema habitual.
Igualmente, la nueva ley permitirá que en algunos procedimientos concursales se habilite al juez competente para que ordenar la no caducidad de la marca hasta que los mismos finalicen. Además, se ha contemplado la modificación de algunas tasas para el ejercicio de la oposición frente a la solicitud de registro de signos distintivos.
Respecto a la Ley de Diseño Industrial, que es la más antigua de las tres, las indemnizaciones de daños y perjuicios y el arbitraje se alinearán con lo establecido para las patentes. Por otro lado, se habilitará que el titular de un diseño puede pedir una prueba de uso para oponerse a un diseño anterior, como en las marcas.
También se eliminará un supuesto de examen de oficio y que ahora se valorará solamente si los afectados lo alegan ante la OEPM en un procedimiento de oposición. Se contempla, del mismo modo, eliminar cargas a los administrados, dándole trazabilidad a la información de los tres sistemas actuales. Además se incorpora la figura de la licencia pública gratuita, publicitaria, temporal y no exclusiva, que permitiría el uso a cambio de acreditar al diseñador.
Lo que se excluye y siguientes pasos
Un tema que quedará fuera de esta nueva norma es la competencia de los tribunales con respecto a las resoluciones de caducidad y nulidad. Esto será tratado en una reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Del mismo modo, se excluiría al secreto empresarial, que por su distinta naturaleza requiere una normativa aparte.
Mientras tanto, el proceso continúa, pero es largo. El próximo paso es el trámite de audiencia e información pública, para pedir informes a sectores relacionados. Luego, se solicitará opinión a Ministerios involucrados, como Justicia, Defensa y otros organismos estatales. Y solo a finales de año se espera poder realizar la remisión a las Cortes. La OEPM calcula que hasta el 2022 no tendríamos la nueva ley.