El geobloqueo es una práctica anticompetitiva sancionada por la UE.
1.624.000 € deberá pagar Valve, propietaria de la plataforma Steam, por geobloqueo, una práctica considerada anticompetitiva.
La sanción fue establecida por la Comisión Europea después de que la desarrolladora estadounidense de videojuegos comercializara diferenciadamente sus productos en distintos países de Europa.
La medida también alcanza a cinco empresas editoras (publishers) del sector: Bandai Namco, Capcom, Focus Home, Koch Media y ZeniMax. Las cuales, sin embargo, lograron obtener una reducción de la multa por colaborar con la investigación. Sumando en total 6 millones de euros.
De esta manera, se logró identificar con claridad cómo operaba la plataforma Steam en Europa durante el período 2007-2018. Logrando establecer dos prácticas que iban en contra de la legislación europea.
La primera de ellas sucedió entre 2010 y 2015 y consistió en la implementación de claves (steam keys) con geobloqueo. Estas claves no permitían a los usuarios fuera de Chequia, Polonia, Hungría, Rumanía. Eslovaquia, Estonia, Letonia y Lituania, acceder a los videojuegos que habían comprado. Se infiere que el objetivo era que esos países tuviesen un precio más bajo, Mientras que los consumidores de otros países europeos no pudieran beneficiarse de ello y tuvieran que comprar a un precio de mercado superior.
La segunda, estaba formada por varios acuerdos entre Valve, las cinco editoras mencionadas y algunos distribuidores durante el período 2007-2018. En estos se establecieron cláusulas que impedían las ventas transfronterizas de los videojuegos. Esto, con la idea de dar soporte al geobloqueo.
Fundamentos de la sanción
Así era como Valve y las editoras, impedían a los usuarios europeos (que en un 50% consumen videojuegos) acceder a los beneficios del Mercado Común Europeo. Específicamente, en lo referido a la compra online o física de 100 videojuegos de distintos géneros. Esto constituye una violación directa del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y del artículo 53 del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
Tras que se iniciara el proceso en el año 2017 se aprobó el Reglamento 302/2018 sobre geobloqueo injustificado.
Existen medidas para facilitar el reporte de este tipo de conductas, como aplicación para denunciar anónimamente.
También es importante anotar que esta sanción por parte de la CE no restringe que los consumidores que se hayan visto afectados por esta práctica puedan presentar acciones judiciales por daños y perjuicios.