Una marca de té Windsor Castle podría sugerirle a los consumidores que es avalada por la familia real británica.
El Tribunal General de la Unión Europea ha determinado, en su sentencia del caso T 93/20 del 24 de marzo, que la frase “Windsor Castle” sí puede ser registrada como marca denominativa. Ha sido en respuesta a la apelación de un productor de café y té que trató de registrar el nombre de este castillo tan famoso para sus productos.
El productor pretendía registrar esta marca para las clases 16 y 30. La primera corresponde a productos que tienen que ver con papelería, imprenta, productos para artistas plásticos y similares. La segunda a café, té, miel, azúcar, pastelería, entre otros.
Conexión de la marca “Windsor Castle” con los productos
La EUIPO se lo denegó sobre la base de que existía el riesgo de que la marca se percibiera como un mero mensaje publicitario de este famoso castillo en el que, por supuesto, se venden multitud de souvenirs relacionados.
De esta manera, el productor apeló la decisión argumentando que no había ninguna conexión entre los bienes que comercializaba y el citado castillo, ya que el café, el té, y el resto de sus productos eran comercializados en un entorno ajeno al entorno turístico.
De esta forma, el Tribunal General permitió la inscripción tomando como base dos puntos principales. El primero es que, al igual que cualquier otra marca, el carácter distintivo de un signo se tiene que valorar en relación con los productos y servicios para los que se pretende registrar. Y el segundo, atendiendo al público relevante.
El Tribunal General sostenía que la expresión “Windsor Castle” no transmite ninguna información concreta sobre el café o el té que se vendían o sus características, ya que el castillo mencionado no es conocido por la fabricación o diseño de dichos bienes, ni transmite mensajes que tengan que ver con ellos. También consideró que era irrelevante el hecho de que el consumidor pudiera percibir que los productos en cuestión eran souvenirs del turismo relacionado con este lugar famoso.
Avalado por la familia real británica
No obstante, es preciso tener en cuenta que todo aquello que rodea a la familia real -como el Castillo Windsor-, sobre todo en el público de Reino Unido, puede asumirse como consumido por ella y, por lo tanto, puede aportar más valor a estos productos que otros productos similares de otras marcas.
Esto ocurre con el té Earl Grey o con la marca de ropa Barbour, entre otras marcas, que están avaladas, en teoría, por esta familia, por el uso que sus miembros hacen públicamente de estos productos. Del mismo modo, un té “Windsor Castle” podría provocar este mismo efecto sobre el consumidor.
De hecho, sí es cierto que los nombres de sitios famosos utilizados en torno a una marca pueden influir en las elecciones de los consumidores. Ya sea porque son muy conocidos o porque transmiten sentimientos positivos o sugieren que el consumo de ese producto lleva aparejado un estilo de vida en concreto.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea reconoce en la decisión del caso C-143/19, que una marca no se limita a identificar el origen de un determinado producto sino que concurren otros factores a considerar, como los valores intangibles que representa. De esta forma, al permitirse el registro de nombres famosos se podría argumentar que el solicitante se puede estar beneficiando de la popularidad de ese nombre famoso.
¿Decisión definitiva?
No obstante, debemos advertir que esta decisión no es definitiva, porque se ha limitado el examen al motivo absoluto previsto en el artículo 7.1.b del Reglamento 2017/2001.
Así pues, lo que ha valorado el Tribunal General es que la marca carezca o no de carácter distintivo, pero no ha entrado a valorar el motivo de denegación c). Según este, las marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones de destino o procedencia geográfica no pueden ser registradas. Por lo tanto, habrá que esperar a ver si esta decisión permanece inalterable, si finalmente se puede registrar la marca de café y té como Windsor Castle o si finalmente va a ser denegada.